Ordenanza de terrazas de A Coruña (2026)
Horario, tasa por ocupación y requisitos para la autorización de terrazas de hostelería en A Coruña, resumidos de la normativa municipal vigente y con enlace al texto oficial.
Norma vigente
Ordenanza reguladora de la instalación de terrazas en espacios de uso público — Aprobada por el Pleno el 6 de mayo de 2013 (vigente en julio de 2026) (BOP de A Coruña nº 100, de 28 de mayo de 2013 (https://bop.dacoruna.gal/bopportal/publicado/2013/05/28/2013_0000006135.pdf)).
⏰ Horario de las terrazas en A Coruña
May/jun/sep: dom-jue 00:30, vie-sáb-víspera 01:30; jul-ago 02:30; 1 oct-30 abr: dom-jue 23:30, vie-sáb-víspera 00:30 (inicio 8:00)
| Cuándo | Cierre máximo |
|---|---|
| Inicio (todo el año) | Apertura a las 8:00 h con carácter general |
| Mayo, junio y septiembre - domingo a jueves | 00:30 h |
| Mayo, junio y septiembre - viernes, sábados y vísperas de festivo | 01:30 h |
| Julio y agosto (todos los días) | 02:30 h |
| Resto del año (1 oct a 30 abr) - domingo a jueves | 23:30 h (el texto oficial publica por errata '11.30 horas') |
| Resto del año (1 oct a 30 abr) - viernes, sábados y vísperas de festivo | 00:30 h |
| Zonas acústicamente saturadas (ZAS) o con molestias por ruido acreditadas | El Ayuntamiento puede reducir el horario general como condición de la autorización (art. 6.2) |
Fuente: Artículo 6 (Horario de funcionamiento) de la ordenanza citada.
💶 Tasa por ocupación con terraza
60 €/m²/año en calle de 1ª categoría fiscal; 30 €/m² temporada (1 abr-30 sep); coeficientes 0,90 a 0,50 en calles de 2ª a 6ª categoría
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Anual (1 enero-31 diciembre), por m² en calle de 1ª categoría fiscal | 60 €/m² |
| Temporada (1 abril-30 septiembre), por m² en calle de 1ª categoría fiscal | 30 €/m² |
| Coeficiente por categoría de calle (2ª / 3ª / 4ª / 5ª / 6ª) | ×0,90 / ×0,80 / ×0,70 / ×0,60 / ×0,50 (1ª categoría sin reducción) |
| Terrazas con cerramiento estable o situadas en zonas de estacionamiento | ×1,20 sobre la tarifa resultante |
| Tarifa mínima | 60,67 € |
Fuente: Ordenanza Fiscal nº 28 (tasa por ocupación de terrenos de uso público con mesas y sillas, tribunas, taboados y otros elementos con finalidad lucrativa), art. 6 (Tarifas); aprobada por el Pleno el 28 de diciembre de 2023, en vigor desde el 1 de enero de 2024. PDF: https://www.coruna.gal/descarga/1453858195923/OF-28.pdf. Ordenanza fiscal oficial ↗
📋 Requisitos para la autorización
- ✓Solicitante: titular de la licencia de actividad del establecimiento hostelero; la licencia debe estar en vigor (puede solicitarse en tramitación, pero no se concede hasta obtenerla) - art. 25.1 y 25.2.a.
- ✓No tener deudas con la Hacienda Municipal (se verifica de oficio) - art. 25.2.b.
- ✓Disponer de un seguro de responsabilidad civil y de incendios que cubra los riesgos derivados del funcionamiento, instalación y retirada de la terraza durante su vigencia - art. 25.2.c.
- ✓Documentación a aportar: DNI/NIF, copia de la licencia de apertura, memoria descriptiva de los elementos y superficie en m², documentación fotográfica de la fachada, plano de situación (cartografía municipal) y plano de distribución en planta a escala 1:50 o 1:100 (tres ejemplares), autoliquidación/fianza y póliza de RC - art. 26.
- ✓Plazo de solicitud (nueva instalación o renovación): entre el 1 de octubre y el 15 de diciembre del año anterior; fuera de plazo solo se admite en supuestos tasados (licencias nuevas, cambio de titularidad, regularizaciones, etc.) - art. 27. Renovación anual con declaración jurada y póliza de RC en vigor - art. 29.
- ✓Distancias/ancho: ancho mínimo de acera 2,50 m, garantizando siempre un itinerario peatonal libre mínimo de 1,50 m, sin ocupar más del 50 % del ancho total de la acera - arts. 9-11.
- ✓La instalación no puede realizarse hasta obtener la autorización expresa (plazo de resolución 2 meses; silencio desestimatorio) - art. 28.
⚠️ Sanciones
Leves
Multa de 300 a 500 €
Graves
Multa de 501 a 900 €
Muy graves
Multa de 901 a 1.500 € (con posible revocación de la autorización e inhabilitación de hasta 1 año en las muy graves)
Datos consultados en fuentes oficiales el 2026-07-06.Resumen informativo, no asesoramiento jurídico: el texto vinculante es el oficial enlazado arriba.